domingo, 1 de marzo de 2009

Derechos de la persona

Apreciados amigos y amigas de este Blog:
Más allá de los derechos recogidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 10 de diciembre del año 1948 en París, he considerado oportuno recoger aquí algunos otros que, particularmente, me parecen fundamentales de cara a la propia persona y que –creo yo- se olvidan o no son tenidos en cuenta con excesiva frecuencia. Son quizá una serie de puntos expresados desde un determinado momento personal y, por ello, no deben considerarse ni exclusivos ni suficientes.

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1.- Toda persona tiene derecho a no ser enjuiciada por sus actos o por lo que le caracteriza.
2.- Toda persona tiene derecho a amar y a expresar su amor hacia los demás.
3.- Ante una posible afrenda a otro, toda persona tiene derecho a esperar ser tratada tal y como a ese otro le gustaría que se le tratara si estuviera en una circunstancia semejante.
4.- Toda persona tiene derecho a ser feliz y a buscar su felicidad y su paz por el camino que, libremente, considere más conveniente.
5.- Toda persona tiene derecho a equivocarse.
6.- Toda persona tiene derecho a ser escuchada.
7.- Toda persona tiene derecho a manifestarse tal y como realmente es y se vive; a ser ella misma.
8.- Toda persona tiene derecho a estar y sentirse confundida y a ser respetada en su confusión.
9.- Toda persona tiene derecho a expresar sus sentimientos más profundos y genuinos.
10.- Toda persona tiene derecho a conocer la verdad.
11.- Toda persona tiene derecho a no hacerse cargo de las necesidades, deseos, condicionantes, miedos, limitaciones, valores y actitudes de los otros.
12.- Toda persona tiene derecho a vivir su vida como mejor le parezca, de acuerdo a sus valores, creencias, actitudes y limitaciones.
13.- Toda persona tiene derecho a hacer con su cuerpo lo que considere más conveniente.
14.- Toda persona tiene derecho a vivir y morir de acuerdo con su sentido de la dignidad y de la vida.
15.- Toda persona tiene derecho a vivir sin culpa.
16.- Toda persona tiene derecho a ser respetada en su dolor y a que se le permita hacerlo frente en el tiempo y en la forma que sean más beneficiosos y convenientes para ella.
17.- Toda persona tiene derecho a que se confíe en ella, dándola tiempo para salir de sus sufrimiento y afrontarlo; para encontrar el mejor camino para conseguir vivir en paz consigo misma.
18.- Toda persona tiene derecho a que se respete su intimidad: ese cofre único de tesoros particulares y vivencias propias que sólo a ella le pertenecen.